La Ley en España...
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La Ley en España...
Red Scorpion me pasó esto por mail, y creo que es interesante que lo leáis:
La ley en España... :
A VER SI HAY ALGÚN EXPERTO CONOCEDOR DE LA LEY QUE PUEDA ACLARAR ESTOS DATOS.
1. SUPUESTO
a) PEPE se descarga una canción de Internet.
b) PEPE decide que prefiere el disco original y va a El Corte Inglés a hurtarlo. Una vez allí, y para no dar dos viajes, opta por llevarse toda una discografía. La suma de lo hurtado no supera los 400 euros.
ACLARACIÓN: La descarga de la canción sería un delito con pena de 6 meses a dos años. El hurto de la discografía en El Corte Inglés ni siquiera sería un delito, sino una simple falta (art. 623.1 del Código Penal).
2. SUPUESTO
a) CARMEN se descarga una canción de Internet.
b) CARMEN va a hurtar a El Corte Inglés y, como se la va la mano, se lleva cincuenta compactos, por valor global de 1.000 euros.
ACLARACIÓN: Seguiría siendo más grave la descarga de Internet. El hurto sería un delito, porque supera los 400 euros, pero sería de menor pena que la descarga (art. 234 del Código Penal).
3. SUPUESTO
a) JOAQUÍN , en el pleno uso de sus facultades mentales, se descarga una canción de Malena Gracia.
b) JOAQUIN en un descuido de Malena Gracia, se lleva su coche y lo devuelve 40 horas después.
ACLARACIÓN: Sería mas grave la descarga. El hurto de uso de vehículo tiene menos pena, a tenor del articulo 244.1 del Código Penal.
4. SUPUESTO
a) Ocho personas se intercambian copias de su música favorita.
b) Ocho personas participan en una riña tumultuosa utilizando medios o instrumentos que pueden poner en peligro sus vidas o su integridad física.
ACLARACIÓN: Es menos grave participar en una pelea que participar en el intercambio de compactos. Participar en una riña tumultuosa tiene una pena de tres meses a un año (art. 154 del Código Penal)y el intercambio tendría una pena de 6 meses a 2 años (art. 270 del Código Penal). Si algún día te ves obligado a elegir entre participar en un intercambio de copias de CDs o participar en una pelea masiva, escoge siempre la segunda opción, que es obviamente menos reprobable.
5. SUPUESTO
a) JUAN copia la última película de su director favorito de un DVD que le presta su secretaria Susana.
b) JUAN,aprovechando su superioridad jerárquica en el trabajo, acosa sexualmente a su secretaria Susana.
ACLARACIÓN: El acoso sexual tendría menos pena según el artículo 184.2 del Código Penal.
6. SUPUESTO
a) MÓNICA Y CRISTINA van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de preescolar copias de películas educativas de dibujos animados protegidas por copyright y sin autorización de los autores.
b) MÓNICA Y CRISTINA van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de preescolar películas pornográficas protagonizadas y creadas por la pareja.
ACLARACIÓN: La acción menos grave es la de distribuir material pornográfico a menores según el articulo 186 del Código Penal. La distribución de copias de material con copyright sería un delito al existir un lucro consistente en el ahorro conseguido por eludir el pago de los originales cuyas copias han sido objeto de distribución.
7. SUPUESTO
a) NACHO, que es un bromista, le copia a su amigo el último disco de Andy y Lucas, diciéndole que es el 'Kill'em All' de Metallica.
b) NACHO, que es un bromista, deja una jeringuilla infectada de SIDA en un parque público.
ACLARACIÓN: La segunda broma sería menos grave, a tenor del artículo 630 del Código Penal
8. SUPUESTO
a) ANTONIO fotocopia una página de un libro.
b) ANTONIO le da un par de puñetazos a su amigo por recomendarle ir a ver la película 'La Jungla 4.0'.
ACLARACIÓN: La acción más grave desde un punto de vista penal sería la 'a', puesto que la reproducción, incluso parcial, seria un delito con pena de 6 meses a dos años de prisión y multa de 12 a 24 meses. Los puñetazos, si no precisaron una asistencia médica o quirúrgica, serían tan solo una falta en virtud de lo dispuesto en el artículo 617 en relación con el 147 del Código Penal.
Hala, ya sabéis: pegad, violad, acosad, robad, pero no uséis el "emule ese".
La ley en España... :
A VER SI HAY ALGÚN EXPERTO CONOCEDOR DE LA LEY QUE PUEDA ACLARAR ESTOS DATOS.
1. SUPUESTO
a) PEPE se descarga una canción de Internet.
b) PEPE decide que prefiere el disco original y va a El Corte Inglés a hurtarlo. Una vez allí, y para no dar dos viajes, opta por llevarse toda una discografía. La suma de lo hurtado no supera los 400 euros.
ACLARACIÓN: La descarga de la canción sería un delito con pena de 6 meses a dos años. El hurto de la discografía en El Corte Inglés ni siquiera sería un delito, sino una simple falta (art. 623.1 del Código Penal).
2. SUPUESTO
a) CARMEN se descarga una canción de Internet.
b) CARMEN va a hurtar a El Corte Inglés y, como se la va la mano, se lleva cincuenta compactos, por valor global de 1.000 euros.
ACLARACIÓN: Seguiría siendo más grave la descarga de Internet. El hurto sería un delito, porque supera los 400 euros, pero sería de menor pena que la descarga (art. 234 del Código Penal).
3. SUPUESTO
a) JOAQUÍN , en el pleno uso de sus facultades mentales, se descarga una canción de Malena Gracia.
b) JOAQUIN en un descuido de Malena Gracia, se lleva su coche y lo devuelve 40 horas después.
ACLARACIÓN: Sería mas grave la descarga. El hurto de uso de vehículo tiene menos pena, a tenor del articulo 244.1 del Código Penal.
4. SUPUESTO
a) Ocho personas se intercambian copias de su música favorita.
b) Ocho personas participan en una riña tumultuosa utilizando medios o instrumentos que pueden poner en peligro sus vidas o su integridad física.
ACLARACIÓN: Es menos grave participar en una pelea que participar en el intercambio de compactos. Participar en una riña tumultuosa tiene una pena de tres meses a un año (art. 154 del Código Penal)y el intercambio tendría una pena de 6 meses a 2 años (art. 270 del Código Penal). Si algún día te ves obligado a elegir entre participar en un intercambio de copias de CDs o participar en una pelea masiva, escoge siempre la segunda opción, que es obviamente menos reprobable.
5. SUPUESTO
a) JUAN copia la última película de su director favorito de un DVD que le presta su secretaria Susana.
b) JUAN,aprovechando su superioridad jerárquica en el trabajo, acosa sexualmente a su secretaria Susana.
ACLARACIÓN: El acoso sexual tendría menos pena según el artículo 184.2 del Código Penal.
6. SUPUESTO
a) MÓNICA Y CRISTINA van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de preescolar copias de películas educativas de dibujos animados protegidas por copyright y sin autorización de los autores.
b) MÓNICA Y CRISTINA van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de preescolar películas pornográficas protagonizadas y creadas por la pareja.
ACLARACIÓN: La acción menos grave es la de distribuir material pornográfico a menores según el articulo 186 del Código Penal. La distribución de copias de material con copyright sería un delito al existir un lucro consistente en el ahorro conseguido por eludir el pago de los originales cuyas copias han sido objeto de distribución.
7. SUPUESTO
a) NACHO, que es un bromista, le copia a su amigo el último disco de Andy y Lucas, diciéndole que es el 'Kill'em All' de Metallica.
b) NACHO, que es un bromista, deja una jeringuilla infectada de SIDA en un parque público.
ACLARACIÓN: La segunda broma sería menos grave, a tenor del artículo 630 del Código Penal
8. SUPUESTO
a) ANTONIO fotocopia una página de un libro.
b) ANTONIO le da un par de puñetazos a su amigo por recomendarle ir a ver la película 'La Jungla 4.0'.
ACLARACIÓN: La acción más grave desde un punto de vista penal sería la 'a', puesto que la reproducción, incluso parcial, seria un delito con pena de 6 meses a dos años de prisión y multa de 12 a 24 meses. Los puñetazos, si no precisaron una asistencia médica o quirúrgica, serían tan solo una falta en virtud de lo dispuesto en el artículo 617 en relación con el 147 del Código Penal.
Hala, ya sabéis: pegad, violad, acosad, robad, pero no uséis el "emule ese".

pazuzu- Moderador

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Re: La Ley en España...
diossssssssss! me habeis abierto los ojos y alegrado el dia...
vuelta al medievooooooooooooooo violenciaaaaaaaaaa !!!grrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrr
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Bastardo- Forero Super

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Re: La Ley en España...
Lo que le faltaba a algunos, darles ideas.
Yo mas bien diria:
Pega, viola, acosa, roba a quien quieras siempre y cuando no se lo hagas a mis amigos, a los cuales ni soplarles, porque mi palo es largo y duro, y lo se manejar muy bien.
Yo mas bien diria:
Pega, viola, acosa, roba a quien quieras siempre y cuando no se lo hagas a mis amigos, a los cuales ni soplarles, porque mi palo es largo y duro, y lo se manejar muy bien.

Cartafilo- Forero Master

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Fecha de inscripción: 06/10/2009
Re: La Ley en España...
muyyyyyyyyyyy bueno
menuda fuente de ingresos y negocio tienen con los derechos de autor, ponen las sanciones mas fuertes de donde sacan pasta y todos tan contentos.
hay que cuidar la vaca para que nos siga dando leche
saludos
hay que cuidar la vaca para que nos siga dando leche
saludos

pakor- Forero Mega

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Re: La Ley en España...
El problema de cualquier sociedad, pienso que es distinguir la diferencia entre justicia y ley.
Las leyes las elaboran unos pelapájaros en base a una serie de supuestos generales, pero que dejan siempre unos vacíos que para cualquier persona con un moral basada en el respeto a los demás le parecen aberrantes.
De acuerdo del todo en una reforma de leyes.
Las leyes las elaboran unos pelapájaros en base a una serie de supuestos generales, pero que dejan siempre unos vacíos que para cualquier persona con un moral basada en el respeto a los demás le parecen aberrantes.
De acuerdo del todo en una reforma de leyes.

komemillas- Moderador

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Localización: valdemoro
moto: kawa eliminator
Puntos: 3061
Fecha de inscripción: 16/08/2009
Re: La Ley en España...
Bueno, salgo de mi ostracismo para comentar este mail, que personalmente me hace bastante gracia...
Me hace gracia por tratar de saber cómo demuestran el hecho delictivo, es decir:
1) Si te descargas un archivo y te denuncian por ello, cometen un delito contra un derecho fundamental (seguridad de comunicaciones) ya que se necesita orden judicial o permiso expreso del usuario
2) Para la orden judicial hace falta pruebas, o claros indicios, de un hecho delictivo. Es decir, que lo tienen difícil...
3) Por otro lado, en el código penal, se indica que para que sea delito es obligatorio que haya un ánimo de lucro claro, y decir "me lo ahorro" no es un ánimo de lucro (no percibes, solo dejas de gastar). Puede ser falta civil, peeero.... volvemos al punto 1, por lo cual no pueden demostrar que has cometido dicho delito
Ahora vayamos a la parte saladita, las penas que le pueden caer a quienes te denuncian. Y aquí me remito textualmente a lo que dice el código penal:
197.1.- El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales o intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.
Y si lo pone en conocimiento de la autoridad judicial, está revelando o cediendo dichos datos a un tercero, por lo que también sería de aplicación
197.3. Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años si se difunden, revelan o ceden a terceros los datos o hechos descubiertos o las imágenes captadas a que se refieren los números anteriores.
Será castigado con las penas de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses, el que, con conocimiento de su origen ilícito y sin haber tomado parte en su descubrimiento, realizare la conducta descrita en el párrafo anterior.
En derecho, probablemente digan que es un concurso ideal de delitos, por lo que se castigaría la más grave... pero en fin, que una buena le cae, a parte de el juicio por lo civil, en cuestión de restitución, reparación, indemnización y demás...
Me hace gracia por tratar de saber cómo demuestran el hecho delictivo, es decir:
1) Si te descargas un archivo y te denuncian por ello, cometen un delito contra un derecho fundamental (seguridad de comunicaciones) ya que se necesita orden judicial o permiso expreso del usuario
2) Para la orden judicial hace falta pruebas, o claros indicios, de un hecho delictivo. Es decir, que lo tienen difícil...
3) Por otro lado, en el código penal, se indica que para que sea delito es obligatorio que haya un ánimo de lucro claro, y decir "me lo ahorro" no es un ánimo de lucro (no percibes, solo dejas de gastar). Puede ser falta civil, peeero.... volvemos al punto 1, por lo cual no pueden demostrar que has cometido dicho delito
Ahora vayamos a la parte saladita, las penas que le pueden caer a quienes te denuncian. Y aquí me remito textualmente a lo que dice el código penal:
197.1.- El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales o intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.
Y si lo pone en conocimiento de la autoridad judicial, está revelando o cediendo dichos datos a un tercero, por lo que también sería de aplicación
197.3. Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años si se difunden, revelan o ceden a terceros los datos o hechos descubiertos o las imágenes captadas a que se refieren los números anteriores.
Será castigado con las penas de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses, el que, con conocimiento de su origen ilícito y sin haber tomado parte en su descubrimiento, realizare la conducta descrita en el párrafo anterior.
En derecho, probablemente digan que es un concurso ideal de delitos, por lo que se castigaría la más grave... pero en fin, que una buena le cae, a parte de el juicio por lo civil, en cuestión de restitución, reparación, indemnización y demás...

aortega- Forero Junior

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Puntos: 17
Fecha de inscripción: 21/08/2009
Re: La Ley en España...
aortega escribió:Bueno, salgo de mi ostracismo...
Bueno, pues a ver si sales mas a menudo, apañero!!!
Por otro lado, muy bueno tu comentario, yo lo he votado.
Un saludo!

pazuzu- Moderador

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Fecha de inscripción: 10/05/2009
Re: La Ley en España...
Pero luego llegan las GAES a un insti y por representar "Bodas de Sangre" de D. Federico García Lorca, les imponen un canon (que la palabra ya es graciosa) de 95 pavos. Toma ya, en vez de favorecer la difusión de la cultura de nuestro país entre los estudiantes, les ponen trabas...

komemillas- Moderador

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Fecha de inscripción: 16/08/2009
Re: La Ley en España...
pues ya sabeis lo que hay:
1.-ser un simberguenza donde siempre vas a tener la ley de tu lado ó
2.-ser legal, defendiendo tus intereses (aunque te los quiten), y montar en moto (o lo que se quiera)
la ley esta hecha pal malo y los legales nos jodemos y aceptamos lo que hay porque si no ya sabeis pa lante como los de alicante. saludos y birras pa tos

1.-ser un simberguenza donde siempre vas a tener la ley de tu lado ó
2.-ser legal, defendiendo tus intereses (aunque te los quiten), y montar en moto (o lo que se quiera)
la ley esta hecha pal malo y los legales nos jodemos y aceptamos lo que hay porque si no ya sabeis pa lante como los de alicante. saludos y birras pa tos


zumbi- Forero Master

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Fecha de inscripción: 08/01/2010
Re: La Ley en España...
También hay que valer para ser un sinvergüenza...

komemillas- Moderador

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Cantidad de envíos: 2561
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Fecha de inscripción: 16/08/2009
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